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¿Camaras ilegales?

¿Es cierto que puedes recibir multas por instalar cámaras de seguridad en tu hogar u oficina?

A continuación, te explicamos lo que establece la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y cómo cumplir con sus disposiciones de forma sencilla y efectiva.

¿Qué dice la Ley sobre las cámaras de seguridad?

La Ley no prohíbe la instalación de cámaras de seguridad, ya sea en viviendas particulares o espacios empresariales. Sin embargo, regula el uso y tratamiento de los datos personales que se capturen, como las imágenes de personas que puedan ser identificadas.

En hogares:

Si las grabaciones son de uso personal y no se comparten públicamente, no es necesario cumplir con requisitos adicionales.

En negocios y oficinas:

Es obligatorio informar a las personas que están siendo grabadas mediante un aviso de privacidad, además de proteger la información y respetar sus derechos.

¿De dónde surgen las multas?

La Ley prevé sanciones que pueden llegar hasta 320,000 días de salario mínimo, pero estas solo se aplican en casos de uso indebido de las imágenes o datos capturados. Ejemplos de esto incluyen:

Si sigues las normas básicas de protección de datos, estas sanciones no te afectarán.

Asesoría y soluciones con UCT

En UCT, comprendemos la importancia de cumplir con la legislación y las normativas vigentes, por eso, además de brindarte asesoría especializada para implementar buenas prácticas en tus sistemas de seguridad, también te ofrecemos:

Aclara tus dudas

Si tienes preguntas sobre cómo instalar cámaras de seguridad sin infringir la Ley, o necesitas orientación sobre los equipos adecuados, contáctanos en UCT.

Con nosotros, obtendrás:

Consulta la Ley

Para consultar el texto completo de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, haz clic en el enlace.

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